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Proyecto de Ley de PGE 2023: laboral

Medidas laborales en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado 2023

Proyecto de Ley de PGE 2023: laboral

El Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023, actualmente pendiente su aprobación por el Senado para su aplicación a partir del 1 de enero de 2023, incluye diversas medidas labores, que a continuación les informamos.

En concreto, estas son las principales cuestiones laborales contenidas en el Proyecto:

En materia de pensiones: Para el ejercicio 2023 se establece una revalorización media de las pensiones igual al incremento del IPC entre los meses de diciembre de 2021 y noviembre de 2022 que no van a poder superar el límite máximo fijado para el año 2022 (2.819,18 euros/mes) incrementado en el mismo porcentaje que experimente el IPC entre los meses de diciembre de 2021 y noviembre de 2022. El límite de ingresos para percibir los complementos por mínimos se fija en 7.939,00 euros/año incrementado en el mismo porcentaje que experimente el IPC entre los meses de diciembre de 2021 y noviembre de 2022.

Prestación de desempleo: El importe de la prestación, a partir del día 181, se incrementa hasta el 60 % de la base reguladora (antes 50 %).

Cotización en el Régimen General de Seguridad Social:

  • Aplicación del mecanismo de equidad intergeneracional. Supone la aplicación de un 0,6 % (0,5 % empresario, 0,1 % trabajador) a la base de cotización por contingencias comunes en todas las situaciones de alta o asimiladas a la de alta en el sistema de la Seguridad Social en las que exista obligación de cotizar para la cobertura de la pensión de jubilación.
  • Fijación del tope máximo de la base de cotización en 4.495,50 euros/mes. El tope mínimo queda pendiente de la aprobación del SMI ya que su cuantía es equivalente al SMI vigente en cada momento, incrementado en 1/6.
  • Se mantienen los tipos de cotización.
  • En los contratos para la formación y el aprendizaje y en los contratos de formación en alternancia, las cuotas únicas por cada día trabajado, aplicables a partir del 01/01/2023, serán las del año 2022 incrementadas en la misma proporción que lo haga el SMI para 2023.

Cotización en el Régimen Especial Trabajadores Autónomos:

Se establecen las tablas reducida y general, vigentes en 2023, para la aplicación del nuevo sistema de cotización en función de los ingresos reales.

Tramo     

Rendimientos netos 2023 (euros/mes)     

Base mínima (euros/mes)     

Base máxima (euros/mes)     

1

≤ 670,00

751,63

849,66

2

> 670,00 y ≤ 900,00

849,67

900,00

3

> 900,00 y < 1.166,70

898,69

1.166,70

Tramo     

Rendimientos netos 2023 (euros/mes)     

Base mínima (euros/mes)     

Base máxima (euros/mes)     

1

≥ 1.166,70 y ≤ 1.300,00

950,98

1.300,00

2

> 1.300,00 y ≤ 1.500,00

960,78

1.500,00

3

> 1.500,00 y ≤ 1.700,00

960,78

1.700,00

4

> 1.700,00 y ≤ 1.850,00

1.013,07

1.850,00

5

> 1.850,00 y ≤ 2.030,00

1.029,41

2.030,00

6

> 2.030,00 y ≤ 2.330,00

1.045,75

2.330,00

7

> 2.330,00 y ≤ 2.760,00

1.078,43

2.760,00

8

> 2.760,00 y ≤ 3.190,00

1.143,79

3.190,00

9

> 3.190,00 y ≤ 3.620,00

1.209,15

3.620,00

10

> 3.620,00 y ≤ 4.050,00

1.274,51

4.050,00

11

> 4.050,00 y ≤ 6.000,00

1.372,55

4.492,50

12

> 6.000,00

1.633,99

4.492,50

 

IPREM

Se incrementa en 3,6 % quedando establecido en:

  • Diario: 20,00 euros.
  • Mensual: 600,00 euros.
  • Anual: 8.400,00 o 7.200,00 euros si expresamente se excluyen las pagas extras.

 

Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.

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