DEROGADO EL DECRETO-LEY 7/2025 Y CON ÉL SUS EFECTOS FISCALES INMEDIATOS
La derogación del Real Decreto-ley 7/2025 por parte del Congreso deja sin efecto una batería de medidas clave para el refuerzo del sistema eléctrico, incluida la normativa fiscal favorable a la energía limpia.

Le informamos de una novedad legislativa de gran relevancia para empresas, propietarios y promotores de instalaciones energéticas. El Congreso de los Diputados, en sesión celebrada el 22 de julio de 2025, ha derogado el Real Decreto-ley 7/2025, de 24 de junio, que contemplaba un paquete de medidas urgentes para reforzar el sistema eléctrico, de las cuales les informamos en su día. La resolución ha sido publicada en el BOE del 24 de julio.
Este Real Decreto-ley (llamado "decreto antiapagón"), de muy breve vida -fue aprobado y entró en vigor en junio y ha quedado derogado en julio-, pretendía dar respuesta inmediata a la crisis eléctrica sufrida el 28 de abril, pero no ha logrado el respaldo parlamentario necesario para su convalidación.
¿Qué medidas fiscales quedan sin efecto?
A raíz de esta derogación, desaparecen las siguientes medidas tributarias que ya habían entrado en vigor:
- Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE): Se suprime la modificación introducida en la regla 14.ª de la Instrucción para la aplicación de las tarifas del IAE. Esta modificación permitía no computar la potencia instalada de hornos y calderas eléctricos a efectos del cálculo de la cuota del impuesto. Tras la derogación, vuelven a computar, como venía ocurriendo antes de la norma.
- Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI): Queda sin efecto la actualización del artículo 74.5 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, que autorizaba a los ayuntamientos a establecer bonificaciones de hasta el 50 % en el IBI por instalación de sistemas de energía ambiente (como la aerotermia), además de la ya prevista para energía solar.
- Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO): Se anula también la posibilidad, prevista en el artículo 103.2.b), de que los ayuntamientos concedieran bonificaciones de hasta el 95 % en el ICIO para obras que incorporasen sistemas de energía ambiente, una medida clave para fomentar inversiones sostenibles.
Atención. Las ventajas fiscales previstas han dejado de aplicarse desde el 24 de julio.
¿Y qué más queda derogado?
Este Real Decreto-ley también incluía medidas relevantes -ya ineficaces- en los siguientes ámbitos:
- Facilidades en la planificación y acceso a la red eléctrica.
- Pérdida de capacidad asignada si no se utilizaba.
- Apoyo a la industria electrointensiva.
- Impulso al autoconsumo y a la recarga de vehículos eléctricos.
- Inclusión de la aerotermia, geotermia y bombas de calor como tecnologías renovables en comunidades de propietarios (modificación del artículo 17.1 de la LPH).
- Ajustes en el régimen de horas equivalentes para centrales renovables con precios nulos o negativos.
En definitiva, la falta de convalidación del Real Decreto-ley 7/2025 deja en suspenso medidas que muchos esperaban como un impulso a la electrificación y la transición energética. Aunque su vigencia ha sido efímera, no debemos perder de vista que es posible que el legislador intente reintroducir estas iniciativas por vía ordinaria o mediante nuevos decretos en los próximos meses.
Estamos a su disposición para revisar cómo puede afectar esta derogación a su situación concreta, especialmente si tenía previsto acogerse a las ventajas fiscales que ahora han desaparecido.
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.CONTENIDO RELACIONADO
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